En el siglo XVI perteneció a Cortés, según escrito del archivo del Hospital de Jesús, en el cual se menciona: “Los molinos de Cortés, entre ellos el de Santo Domingo y los que corresponden al hoy llamado de Belem, fueron incautados por Nuño de Guzmán y, al terminar el juicio de reivindicación, volvieron a propiedad del Estado y Marquesado del Valle de Oaxaca” (Benfield 1960: 37). También consta que perteneció a Juan Ramírez de Cartagena y el dato más antiguo de su titulación empieza en la abundante información exhibida por Juan Ramírez de Cartagena (el nieto) al Hospital de Jesús que se encuentra en el expediente 7, legajo 117, del archivo de este hospital, incorporado hoy al Archivo General de la Nación. Se compone de 49 páginas escritas en letra encadenada cursiva del siglo XVIII (Benfield 1960: 39).
Se fundó en 400 varas del sitio de Coscacoaco que fue mercedado a Juan Ramírez Cartagena el 11 de agosto de 1725 (Benfield 1960: 40). Otro dato que se tiene es que en 1725 el Marqués de Casafuerte, don Juan de Acuña, por medio de la muy noble y leal Ciudad de México (el Cabildo), mercedó a Juan Ramírez de Cartagena “para fundar en el sitio Coscacoaco dos heridos de molino de panmoler y tierras de pansembrar, de pancoger, de pantraer, y de panllevar…”(Benfield 1960: 50).
El 2 de mayo de 1733, Juan Ramírez de Cartagena vendió a Juan Faustino de Mexía el Molino de Belem y el sitio de Coscacoaco. El 26 de septiembre de 1742, en autos del concurso de acreedores de Juan Faustino Mexía, se adjudicó a la Compañía de Jesús para las misiones nuevas de la provincia de las Islas Filipinas. “Los Jesuitas adquirieron el Molino de Nuestra Señora de Belem para enviar sus productos a las misiones de las Islas Filipinas…”(Benfield 1960: 51). “Por escritura otorgada en 23 de febrero de 1781 ante el escribano Real y de Provincia José Manuel de Ochoa, consta: que en ejecución de los ordenado en la Real Cédula, dada en Madrid por Carlos III de España en 27 de marzo de 1767, se incautaron los bienes que la Compañía de Jesús tenía en Nueva España, entre ellos el Molino de Nuestra Señora de Belem y el Sitio o Rancho de Coscacoaco, que en 23 de febrero de 1771 se llevó a cabo el remate del Molino de Belem y del Rancho de Coscacoaco por la Real Junta Superior de Enajenaciones del Colegio de San Andrés, habiendo adquirido esos inmuebles el señor Juan José de Oteiza y Vértiz…”(Benfield 1960: 52).
El 18 de abril de 1782, Ramón Posada, del Consejo de su Majestad, su Fiscal en la Real Audiencia de Nueva España, de Real Hacienda y Defensor General de Temporalidades, en representación de la Real Junta y con intervención del Colegio de San Andrés, adjudicó a Juan José de Oteiza y Vértiz los Molinos de trigo llamados de Betlehem que se encuentran en jurisdicción de la Villa de Coyoacán y en las barrancas de Santa Fe y sitio que llaman de Coscacoaco, adelante de la Villa de San José de Tacubaya (Benfield 1960: 53).
El 29 de abril de 1806 don Luis Gonzaga de Ibarrola, secretario del Real Tribunal del Consulado, testimonia en favor de José María Fagoaga como título de propiedad del Molino de Belem, del rancho de Coscacoaco y de la casa de campo, que adquirió el 30 de abril de 1805 por remate efectuado en el concurso de acreedores de las fallidas casas de Pedro Vértiz y Juan José de Oteiza. En el acta de remate aparece por vez primera un plano en el que se marcan perfectamente las colindancias del Rancho de Coscacoaco (Benfield 1960: 73-74).
El 9 de febrero de 1831, ante el juez Pedro Galindo, en los autos sobre venta judicial del Molino de Belem y demás bienes del mismo, promovidos por María Guadalupe Vázquez, viuda y albacea de Felipe Miranda Avilés, se remató el molino a la Sociedad Benavides Viuda de la Torre e hijos. En el documento aparece el reconocimiento, medición y avalúo del Molino de Belem y de sus tierras, practicado el 29 de agosto de 1828, en el que consta: “El ciudadano José María Delgado y Fuentes, Agrimensor titulado y Segundo Director de Arquitectura en la Nacional Academia San Carlos de México, digo: que habiéndome nombrado el señor coronel don José María Castro y González… para reconocer, medir y valuar el Molino nombrado de Ntra. Sra. de Belem y sus tierras, situado al Poniente de esta Capital fuera de la Villa de Tacubaya, pasé a la expresada finca y hallo que… a poca distancia del Molino se halla por el Oriente el Rancho de Pulques nombrado de Belem… Las tierras que pertenecen a esta finca se componen de pastales, labores y algunas tepetatosas, ubicadas en los términos siguientes: por el Norte hasta la Barranca que las divide, Santa Fe de Tecamachalco y Mohoneras del Molino nombrado del Rey; por el Sur lindan con las de Tacubaya, Molino de Santo Domingo y también con las de Santa Fe, divididas por el Río del Reventón… en caballerías, forman el total de seis caballerías y ochenta y dos mil quinientas veintidós varas cuadradas” (Benfield 1960: 76).
El 17 de diciembre de 1861 ante el notario José Villela, Inés Salvatierra adquirió el molino y demás bienes de la sucesión de Ignacio de la Torre. Se encuentra el avalúo hecho en 1856 en el que se señala que tiene seis y cuarto caballerías equivalentes, según la Secretaría de Economía, a 2,674,760 m (Benfield 1960: 79).
El 15 de abril de 1869, ante el notario Néstor Montes, José Inés Salvatierra vendió a Enrique Gosselín el Molino de Belem y el Rancho de Coscacoaco (Benfield 1960: 79). El 13 de enero de 1874, ante el notario Ignacio Cosío, la Sociedad Breker y Cía. (formada por Juan Manuel Benfield, Eduardo Breker y Victoria Tornel) compra a Enrique Gosselín por remate judicial el molino y el rancho, valuado en 1873 en 267 hectáreas 16 áreas, con los siguientes límites: al norte con los terrenos del Molino del Rey, al oriente con los del Rancho de Puerto Pinto y Tacubaya y por el sur y poniente con Santa Fe (Benfield 1960: 80-81).
El 3 de agosto de 1887, ante el notario Manuel M. Chavero, Juan Manuel Benfield adquirió de la Sociedad Breker el Molino de Belem y el Rancho de Coscacoaco con los siguientes linderos: al norte con la hacienda de los Morales y el Molino del Rey, al sur con terrenos del pueblo de Santa Fe, al oriente con terrenos del Molino del Rey y pueblo de Puerto Pinto y al poniente con terrenos del pueblo de Santa Fe (Benfield 1960: 84-85).
En el molino se estableció una fábrica de papel ocupando un lugar de condiciones naturales apropiadas, con grandes caídas de agua al igual que las demás fábricas establecidas en la zona. Dichas aguas producían una fuerza de 150 caballos, aprovechando 460 pies cúbicos por minuto de la corriente del río de Tacubaya (Oropeza 1994: 144).
“Eran cuatro las caídas del agua: desde 150 pies descendía una y las otras de 56.44 pies, lo que deja suponer la inmensa fuerza motriz de que en aquel lugar podía disponerse para otras industrias además de la de papel ya instalada. La producción de papel era de tres toneladas por día, que era superada en muchas ocasiones por la demanda” (Oropeza 1994: 144).
El 1 de octubre de 1904, ante el notario Manuel M. Chavero, se señala que por fallecimiento de su padre, Juan Manuel Benfield, se adjudica a Isabel Benfield de Mancebo y coherederos el Molino de Belem y el Rancho de Coscacoaco con los linderos que se describen en el archivo adjunto. El Molino de Belem (“el predio conocido con el nombre de Fábrica de Papel de Belem”) fue vendido por Isabel Benfield y copropietarios el 17 de marzo de 1910 al Supremo Gobierno. Con una superficie de 1,899,252 m2 en 430,000.00 pesos (Benfield 1960: 86).
En 1954, el Molino de Belem estaba ocupado por oficinas de la SCOP y tenía un museo, según se observa en un plano de esa misma dependencia (Benfield 1960: 97). Después perteneció a SAHOP, SEDUE y SEDESOL. Actualmente aloja al Museo de la Policía Federal.
Este inmueble es monumento histórico de acuerdo a los artículos 35 y 36 fracción I de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 6 de mayo de 1972, que establece: "por determinación de esta Ley son monumentos históricos: Los inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX, destinados a templos y sus anexos; arzobispados, obispados y casas curales; seminarios, conventos o cualesquiera otros dedicados a la administración, divulgación, enseñanza o práctica de un culto religioso; así como a la educación y a la enseñanza, a fines asistenciales o benéficos; al servicio y ornato públicos y al uso de las autoridades civiles y militares y las obras civiles relevantes de carácter privado realizadas de los siglos XVI al XIX inclusive" (Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos 1972: 9).
El conjunto se ubica dentro del polígono de protección del proyecto "Bosque, Cerro y Castillo de Chapultepec" considerado en la Lista Indicativa de Patrimonio Mundial, emitida por la UNESCO (UNESCO 2001).